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Preguntas frecuentes sobre Formación Bonificada

Preguntas frecuentes sobre Formación Bonificada

Cuando hablamos de crédito FUNDAE, surgen Preguntas frecuentes sobre Formación Bonificada. En muchos casos, el proceso de bonificación puede ser desconocido para quienes no tienen experiencia, es por ello que estaremos publicando una serie de artículos con preguntas frecuentes relacionadas con la gestión y bonificación de formación programada.

¿Formación programada o formación bonificada?

Originalmente el termino usado era formación bonificada, pero a partir de marzo de 2015 con la reforma del sistema de formación profesional esta gestión paso a llamarse formación programada por las empresas, a pesar de eso son muchas los profesionales y empresas que dan por valido cualquiera de los dos términos.

¿Qué es la formación programada?

La formación programada (antiguamente formación bonificada) es un tipo de formación subvencionada a través de la cual las empresas proporcionan a sus trabajadores cursos que estén relacionados con su puesto de trabajo, todo esto, con el objetivo de aumentar sus capacidades productivas y sus competencias profesionales.

Su principal característica es que es totalmente gratuita para los trabajadores y trabajadoras, la empresa puede bonificar hasta el 100% del importe de los cursos a través de la Seguridad Social.

¿Vas a recibir formación y quieres bonificarla?

¿Quién paga la formación bonificada?

A diferencia de la formación subvencionada por el estado, en el caso de la formación bonificada el pago lo realiza la empresa y el empleado a través de su aporte económico a la Seguridad Social. Para eso, ambas partes aportan una cantidad a la seguridad social en concepto de formación durante cada mes de trabajo. 

Estas aportaciones se convierten en créditos para formación. A través de estos créditos, las empresas tienen la posibilidad de formar a sus empleados sin que esto le suponga desembolsar ningún coste.

¿Quién gestiona la formación bonificada?

A partir del 2015, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo FUNDAE, es el ente encargado de controlar el buen uso de los fondos destinados a la formación continua de los trabajadores. Vale destacar que FUNDAE no organiza ni imparte cursos de formación, por el contrario, esta actividad le corresponde a los centros de impartición que estén inscritos en el registro estatal de entidades de formación.

¿Impartes formación y quieres bonificarla?

grades grupos de trabajo

Trabajadores que pueden hacer formación bonificada

Entre las Preguntas frecuentes sobre Formación Bonificada «¿Qué Trabajadores pueden hacer formación bonificada?» es la que más se repite. La FB esta dirigida a todos aquellos trabajadores asalariados que trabajen en empresas privadas o públicas y que coticen a la Seguridad Social ( a través de la contingencia de formación profesional), incluidos:

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Fijos discontinuos en periodo de no ocupación.
  • Los que acceden a situación de desempleo cuando se encuentren en periodos formativos, siempre y cuando realicen el 75% del curso como mínimo.
  • Quienes estén acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.

¿Cuáles Trabajadores NO se pueden beneficiar?

Todos aquellos que NO coticen a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional:

  • Autónomos (si su personal asalariado)
  • Trabajadores del Mar
  • Personal al servicio de las administraciones públicas.

Tipo de empresas que pueden recibir formación bonificada

Podrán recibir formación bonificada, todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, sin importar su tamaño o ubicación. Deben desarrollar formación para sus trabajadores, cotizando la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.

Así mismo, los autónomos con personal asalariado, (que coticen por dicha contingencia), podrán acceder a las bonificaciones, siempre que estén al corriente con la Administración. También podrán beneficiarse de estas bonificaciones si tuvieran deudas negociadas con aplazamientos, para esto, deberán estar al corriente de los pagos de dicho aplazamiento.

¿Necesitas ayuda con la formación bonificada?

Gestión de la formación bonificada

¿Qué requisitos debe cumplir la empresa para bonificar la formación?

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Puede tener deudas aplazadas, pero estar al corriente de los pagos de sus fraccionamientos.
  • Haber informado a la Representación Legal de los Trabajadores.
  • Así como comunicado el inicio de la formación.
  • Cumplir con la realización de la formación.
  • Comunicado la finalización de la formación.

Requisitos que debe cumplir un curso para que la formación pueda ser bonificada

El curso tiene que estar relacionado con la actividad laboral que realiza el personal empleado de la empresa. Este, puede impartirse en modalidad presencial, e-learning o mixta. La duración del mismo no puede ser inferior a 2 horas lectivas y no debe superar las 8 horas diarias, excepto en el caso de que la duración total sea de 10 horas, que será la única excepción en la que podrá superar las 8 horas, siempre que se celebre en una única jornada.

pasos para bonificar la formación programada

Pasos para gestionar la formación bonificada

En Lagom Soluciones contamos con una dilatada experiencia acumulada en gestión de formación bonificada, gracias a ello hemos podido definir el proceso en ocho pasos:

  1. Firma del contrato de encomienda para la organización de formación programada.
  2. Comunicaremos a FUNDAE dos días antes, el inicio de la acción formativa.
  3. Procederemos a la facturación y cobro del curso.
  4. Se realizará la impartición de la formación.
  5. Superación del curso por parte del alumnado. No es necesario aprobarlo, para que este pueda ser bonificado. Solo es necesario haber asistido al menos al 75% de las clases presenciales o en caso de teleformación haber realizado el 75% de los controles de aprendizaje. No obstante, para obtener el título acreditativo del curso, deberá aprobarse el mismo.
  6. Finalizaremos la acción formativa, indicando los aptos y los costes en el aplicativo de FUNDAE.
  7. Elaboraremos y enviaremos los documentos de bonificación a la empresa cliente.
  8. La empresa cliente / Asesor laboral con nuestros documentos, aplicará la bonificación en los Seguros Sociales.

¿Cuánto se puede bonificar en formación?

El crédito disponible para las empresas durante el presente ejercicio se calcula a partir de dos datos: lo cotizado por la empresa en concepto de Formación Profesional en el año anterior y el tamaño de su plantilla, que determinará el porcentaje del importe cotizado al cual tiene derecho la empresa:

  • Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100% sobre lo cotizado.
  • De 10 a 49 trabajadores: 75% sobre lo cotizado.
  • De 50 a 249 trabajadores: 60% sobre lo cotizado.
  • De 250 o más trabajadores: 50% sobre lo cotizado.

Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su tamaño y fecha de creación, disponen de un crédito para formación mínimo de 420 euros.

tiempo limite para bonificar la formación

¿Existe un plazo para bonificar una formación?

Las bonificaciones en las cotizaciones podrán aplicarse en el TC correspondiente a la finalización de la formación y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al ejercicio en curso (el de diciembre que se paga en enero.

¿Qué ocurre si no se bonifican de las cantidades correspondientes a su crédito en el ejercicio anual?

Si no se bonifica en el ejercicio presupuestario, la empresa no podrá bonificarse posteriormente por la formación impartida dentro de dicho ejercicio económico.

¿Es necesario que las facturas estén pagadas para que la empresa pueda aplicarse la bonificación?

La empresa puede bonificarse antes de pagar las facturas correspondientes a la formación objeto de la bonificación, pero deberán estar pagadas antes del último día hábil para la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre (30 enero) del ejercicio económico que corresponda.

Sabemos que la ley puede cambiar y asi surgir nuevas Preguntas frecuentes sobre Formación Bonificada, es por ello que estaremos constantemente publicando artículos que aclaren las dudas que puedas tener. Ahora bien, ¿Te gustaría saber cuánto crédito dispone tu empresa para la formación bonificada de tus empleados?  Ingresa tus datos en el siguiente formulario y recibirás un mail con los detalles.

Acciones formativas enfocadas en mejorar el desempeño del personal de RRHH